ESTUDIOS PREVIOS
El presente estudio previo corresponde al requerido según el artículo 24 del manual de contratación de la E.S.E. HOSPITAL EMIRO QUINTERO CAÑIZARES DE OCAÑA, adoptado mediante acuerdo N° 02 del 30 de abril de 2.010 por la Junta Directiva de la empresa, el cual establece que para la escogencia del contratista en el caso de convocatoria pública, deberán elaborarse los respectivos estudios previos que establecerán los requisitos necesarios para participar en el procedimiento de selección del contratista, las reglas que permitan la presentación de las propuestas y asegure una escogencia objetiva y la calidad de los bienes, obras o servicios objeto del contrato, igualmente se justifique la necesidad de la obra, bien o servicio a contratar, el valor estimado y objeto del contrato.
Dado que el valor estimado del suministro a contratar no supera los 200 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, debe acudir el Hospital al procedimiento de selección de contratación directa, haciendo uso del procedimiento establecido en el art. 19 del acuerdo N° 02 de 2010 de la E.S.E. HOSPITAL EMIRO QUINTERO CAÑIZARES DE OCAÑA, debiendo además tener en cuenta las disposiciones generales sobre los principios de la contratación y las medidas para la eficiencia y transparencia establecidos en el art. 4° del mismo Manual.
Teniendo en cuenta las anteriores consideraciones se realizan los siguientes estudios previos